Se declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, formulada por los ciudadanos MOISES ANTONIO GUZMAN Y ADRIANGELA CAROLINA VELASQUEZ RUIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-14.910.683 y V-23.702.766, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio YIMY ALEXANDER LOPEZ MACHADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 141.296, y en consecuencia se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL celebrado ante Primera Autoridad Civil del Municipio Montes del Estado Sucre, el día Cinco (05) de Diciembre del año Dos Mil Ocho (2008), tal como se evidencia de la Copia Certificada del Acta de Matrimonio N° 123 del Libro de Matrimonios llevados por ese despacho en el año 2008.-