NIEGA LA ADMISIÓN de la demanda que por Acción Reivindicativa que hubiere intentado el ciudadano CARLOS JOSE ARCILA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de identidad N° V-14.431.793 y de este domicilio, asistidos por los abogados JOSE GREGORIO GONZÁLEZ HERRERA y RAFAEL CASTRO CARPIO, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nro. 157.692 y 106.383, respectivamente, en contra de la ciudadana MARGARITA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V-5.589.810 y domiciliada en la Calle Juncal, casa N° 5-80, del Barrio Guamachito, de la ciudad de Barcelona, Parroquia El Carmen, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui. ASI SE DECIDE.-