Se declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, formulada por los ciudadanos BELEN MAIRET GARCIA DE CASTRO y EDGAR ENRIQUE CASTRO CARABALLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº 5.415.309 y V-8.327.188, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio YSORA PEREZ PERDOMO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°122,541, y en consecuencia se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL celebrado ante Primera Autoridad Civil de la Parroquia el Carmen, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, el día Dieciséis (16) de Febrero del año Mil Novecientos Ochenta y nueve (1989), tal como se evidencia de la Copia Certificada del Acta de Matrimonio N° 57, folios 155 y 158, Tomo 01 del Libro de Matrimonios llevados por ese despacho en el año 1989.