Se imparte la HOMOLOGACIÓN a la solicitud de Partición y Liquidación Amistosa de la Comunidad Hereditaria, presentada por los ciudadanos SANY DEL VALLE ROJAS AZOCAR, venezolana, mayor de edad, viuda, civilmente hábil, domiciliada en la ciudad de Cantaura, Municipio Bolivariano General Pedro María Freites, Estado Anzoátegui, titular de la Cedula de Identidad Nº 8.493.676; R.I.F. V084936762, YADINEL DEL CARMEN GUZMAN ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil, domiciliada en la ciudad de Cantaura, Municipio Bolivariano General Pedro María Freites, Estado Anzoátegui, titular de la Cedula de Identidad Nº V-12.255.569; R.I.F. V122555697; y MARCO ANTONIO GUZMAN ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, soltero, civilmente hábil, domiciliado en la ciudad de Cantaura, Municipio Bolivariano General Pedro María Freites, Estado Anzoátegui, titular de la Cedula de Identidad Nº V-15.802.166; R.I.F.V158021664, asistidos de los Abogados en Ejercicio, ciudadanos ASDRUBAL.....