Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMON RODRIGUEZ Y SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, formulada por el ciudadano PEDRO JOSE BRITO, titular de la cedula de identidad No. V-5.398.323, asistido por la ciudadana ABG. MAGRELIS BASANTA ESCALONA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 174.946, en contra de la ciudadana MARIA MERCEDES FIGUEROA GALINDO, titular de la cédula de identidad Nro. 10.066.180; y en consecuencia declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, celebrado en fecha 09/11/1989, por ante la Prefectura del Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, lo cual se evidencia del Acta de Matrimonio asentada bajo el No. 266, folios 184, 185 y 186, del Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por ante ese Des.....