Por las razones expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la Solicitud de DIVORCIO, formulada por el ciudadano FIDIAS BISCOCHEA FRANCO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.850.085,, debidamente asistido por el abogado JAIRO ALBORNOZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 232.964, de este domicilio, solicitó la disolución del vínculo matrimonial existente entre él y su cónyuge, la ciudadana, HILDA VIRGINIA DURAN RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad No. V-3.404.702; por cuando quedó demostrado en el curso del procedimiento la causal de Divorcio invocada, relativa a la ruptura prolongada de la vida en común por mas de cinco (5) años, conforme a lo previsto en el Articulo 185-A del Código Civil. Y así se decide.-