Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipio Simón Rodríguez y San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:, PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por el ciudadano JUAN JOSE BOURGEON VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.546.667, actuando en este acto en nombre y representación de ANTONI JUAN BOURGEON VARGAS, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad, N° 4.002.939,representancion está que se desprende de mandato poder debidamente autenticado por ante la Notaria Publica Décima Tercera de Caracas Municipio Libertador, Nº 26, Tomo: 42, Folios 111, hasta 113, de fecha 06/06/2017, debidamente asistido por la Abogada GLORIA RON DIAZ, inscrita en el IPSA Nº 33.492, en el sent.....