Por las razones de hecho y los fundamentos de derecho antes expuestos, bajo la protección de Dios, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara a la ciudadana: : ALEXANDRA DEL VALLE LOPEZ BELLO, venezolana, Soltera, mayor de edad, civilmente hábil, portadora de la Cédula de Identidad N° V-13.165.311, con domicilio en la población del el Tigre Municipio Simón Rodríguez, del Estado Anzoátegui (aquí de paso por asuntos personales), asistida en este acto por el ciudadano ROGERS JOSE SOLORZANO BRITO , abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°312.812, conjuntamente con los ciudadanos GLEDUAR EDUARDO ÁLVAREZ LÓPEZ Y KATHERINE ALEJANDRA ÁLVAREZ LÓPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V.- 26.384.670 y V.- 30.992.866, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del hoy extinto: GLEDUAR.....