mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones, para asegurarle al ciudadano PEDRO CELESTINO CHANCHAMIRE CAYUMA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 8.205.331, domiciliado en la población de San Miguel, Parroquia San Miguel del Municipio Fernando de Peñalver del Estado Anzoátegui y de este domicilio, debidamente asistido por el profesional del derecho JESUS SALVADOR HERRERA, venezolano, mayor de edad, debidamente inscrito por ante el Inpreabogado bajo el No. 76.576 y de este domicilio, Título Supletorio o Suficiente de Propiedad a su favor sobre unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno propiedad del Municipio Fernando de Peñalver del Estado Anzoátegui, con una superficie total de DOSCIENTOS VEINTIDOS y DOS HECTAREAS CON CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA y DOS METROS CUADRADOS (222 Has con 4970 Mts2), ubicado en el Sector El Guayabo,.....