En este sentido habiéndose constatado que la parte solicitante no compareció ni por si ni por medio de apoderado, esta Juzgadora en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera: PRIMERO: el desistimiento de la presente solicitud, presentada por la ciudadana SILVANA ANDREINA CASTILLO ZERPA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.633.900, domiciliada en Sector la Caraqueña, Calle Cumaná, Casa Nº 13-A, Parroquia Pozuelo, Puerto La Cruz, Municipio Sotillo, Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la Fiscal Especial Décimo Quinto para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui Abogada MARY CARMEN BATISTA MORALES, a favor de su hija, la niña Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolesce.....