en consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO 185, en concordancia con la Sentencia Nro. 693 de fecha 02/06/2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia presentada por el abogado JOSE GREGORIO ROBLES BRITO, inscrito en el inpreabogado bajo el numero 65.188 y quien es apoderado judicial de los ciudadanos, FRANK JOSE MAIZ GAMBOA y LAURA VIRGINIA MILLAN ZABALA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-17.971.668 y V-16.854.612,respectivamente, según poder autenticado por ante la Notaria de Lecherías en fecha 08 de octubre del 2018, bajo el numero 030, tomo 271, tal como consta e.....