evidencia de Reconocimiento Médico Legal de la Penada de autos, en el cual se deja constancia del diagnostico respectivo en los siguientes términos; "Hipertensión arterial crónica. Infección respiratoria baja (bronquitis aguda). Cefalea vascular. Síndrome depresivo. Y Sugiere; control estricto y regular con servicio de medicina interna. Consulta externa estricta por el servicio de neurología. Realizar exámenes periódicos con: glicemia, triglicéridos, colesterol, control de tensión arterial y rayos x de tórax. Mantener en un ambiente libre de estrés. Cumplir con el tratamiento médico obligatorio. Cumplir dieta baja en grasa y sal. No realizar esfuerzos físicos;" pero el mismo no hace mención alguna a enfermedad grave o en fase terminal que pueda inducir a quien aquí decide que la misma podría a optar a la Medida Humanitaria solicitada. Así se decide.
Por lo antes expuesto este Tribunal de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del.....