Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogados ANGEL JOSE ROJAS PEROZA y KARINA LOPEZ SUAREZ, en su carácter de Fiscales del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, contra la decisión dictada por el Juez Primero con Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de fecha 16 de enero de 2008, en base a las consideraciones precedentemente expuestas. Queda REVOCADA totalmente la decisión dictada por el Tribunal a quo en virtud de los fundamentos explanados en la parte motiva del presente fallo.
Regístrese, publíquese, expídase la copia certificada de ley, notifíquese a las partes y remítase en su oportunidad al Tribunal de Origen.