DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada AMALIA LOPEZ LUCES, Defensora Pública Penal Décima Primera de esta Circunscripción Judicial, en su condición de defensora de los imputados LUIS ALBERTO LEON y JESUS EDUARDO MATA MARCANO, ampliamente identificados en autos, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en fecha 15 de Diciembre de 2004, mediante la cual DECRETO MEDIDA JUDICIAL PREVENTIVA PRIVATIVA DE LIBERTAD contra los citados ciudadanos, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO.
Queda así CONFIRMADO el fallo apelado.
Regístrese, notifíquese, déjese copia y remítase la presente cau.....