Por todas las razones y consideraciones anteriormente expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: DECLARAR SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado LUIS JOSÉ BOULTON en su carácter de Defensor de Confianza del acusado MIGUEL ANGEL ZAMBRANO, en contra de la Sentencia Condenatoria dictada por el Tribunal de Juicio Itinerante N° 17 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui de fecha 16 de enero de 2008; mediante la cual condenó al citado Acusado, a cumplir la pena de ocho (08) años de prisión por considerarlo autor y responsable en la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra El Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefaciente y Psicotrópica cometido en agravio de la COLECTIVIDAD. SEGU.....