En virtud de lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado PEDRO LUIS BASTARDO BERMUDEZ, en su condición de Fiscal Noveno del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 06 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 07 de abril de 2009 mediante la cual acordó medidas cautelares sustitutivas de libertad, en favor de los imputados HERMES EFREN ANGULO CABEZAS y SEGUNDO JANE ANGULO CABEZAS, al considerar esta Alzada que efectivamente se ocasiona un gravamen irreparable al Ministerio Público al decretar tales medidas, en virtud que a los mismos se les está atribuyendo el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS y como se s.....