Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, actuando como Tribunal Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO de la Acción de Amparo interpuesta por el Abogado RAFAEL ENRIQUE SOLORZANO, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos RITA GRACIELA GAMARRA PAEZ, DANIEL FERNANDO GAMARRA PAEZ, RUBEN MAURICIO GAMARRA PAEZ y CLAUDIA YOLIBEL GAMARRA MARTINEZ, victimas en el asunto BP01-P-2009-003808, en contra de la actuación judicial realizada por el Tribunal de Juicio Nº 03 de este Circuito Judicial Penal, por la presunta omisión de pronunciamiento o falta de Constitución del Tribunal en forma Unipersonal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y la jurisprudencia pronunciada por la Sala Constitucional de Nuestro Máx.....