Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando como Tribunal en sede Constitucional, declara TERMINADO el presente procedimiento de la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el Abogado HARRINSON R. GONZÁLEZ GARCÍA, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 27 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con los artículos 1, 2, 4 y 13 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en contra de la resolución de fecha 12 de agosto de 2008 del Abg. SALIM ABOUD NASSER, en su carácter de Juez de Primera Instancia en funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en la que sin notificar al Ministerio P.....