Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano VICTOR CARLOS RAMOS VASQUEZ, asistido por los Abogados NELSON JOSE MARRERO BARRETO Y HERNAN JOSE SANCHEZ LEAL, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 02 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 12 de enero de 2010, mediante la cual negó la entrega de un vehículo presuntamente propiedad del ciudadano ut supra mencionado, cuyas características son las siguientes: MARCA: HUNDAY; MODELO: TUCSON GL 2.0 L; AÑO: 2.006, PLACAS: MEU-18G. COLOR: NEGRO; CLASE: CAMIONETA; TIPO: TECHO DURO; SERIAL DE MOTOR: G4GC6655345 SERIAL DE CARROCERIA: KMHJM81BP6U485746-1-1; USO: PARTICULAR, por los razonamientos expuestos en la parte motiva del presente fallo. SEGU.....