Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley en uso de las atribuciones legales, DECLARA INADMISIBLE que con respecto al Recurso de Apelación interpuesto por la Abogado NANCY MONSALVE, con el Carácter de Fiscal Décimo del Ministerio Publico, contra la decisión dictada por el Tribunal de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en fecha 25 de Enero de 2005, donde otorgo Beneficio de Régimen Abierto a favor del penado EULISES ANTONIO AMARGURA. Así se DECIDE.
Regístrese, publíquese, notifíquese, déjese copia y remítase la causa en su debida oportunidad, a los fines de Ley.-
LOS JUECES INTEGRANTES DE LACORTE DE APELACIONES.
LA JUEZ PRESIDENTE,
.....