DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriores, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta y por ende LA NULIDAD DE LA SENTENCIA dictada en fecha 09 de Julio de 2.004, por el Tribunal de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, mediante la cual CONDENO al acusado VICENTE DEL CARMEN LOPEZ, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL; y ORDENA LA CELEBRACION DE UN NUEVO JUICIO ORAL Y PUBLICO, ante un Juez distinto al que emitió la mencionada Sentencia, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 452, ordinal 2°, en concordancia con el artículo 457, ambos del Código Orgánico Procesal Penal y en relación con los artículos 49 y 257 de la Constitución .....