DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, está Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: SE ANULA la audiencia Oral y la Sentencia dictada por el Juzgado de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre. SE DECLARA INADMISIBLE la presente acción, a tenor de lo establecido en el ordinal 5º del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. SE REVOCA la medida cautelar innominada acordada por el Juzgado a quo en fecha 22 de Abril de 2004 y ratificada en la sentencia aquí anulada, en la cual se ordena al representante o propietario de la Romana Las Mercedes, ciudadano Julio Arrioga abstenerse de remitir para ser sacrificado las reses que le fueron colocadas allí en calidad de depósito por la Guardia Nacional, a la orden del M.....