SE DECLARÓ ADMISIBLE el RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por los Abogados MARISETH CUCHILLAS ZAMORA y JOSÉ ANTONIO ARRIOJA, en representación del ciudadano RAFAEL ANTONIO CASTILLO SOLÓRZANO, titular de la cédula de identidad Nº 6.854.691, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, en fecha 16 de mayo de 2013, mediante la cual declaró inadmisible la Acción de Amparo Constitucional, conformidad con lo establecido en el artículo 6 ordinales 1º y 5º de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, interpuesto en contra de la Fiscalía Octava del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ante la presunta violación de derechos constitucionales del mencionado ciudadano.