Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley declara SIN LUGAR el recurso de apelación, interpuesto por la Abogada NELSIDA GONZALEZ, en su carácter de Defensora Privada del imputado RICHARD ALEXIS GARCÍA GONZÁLEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.044.478, contra la decisión dictada en fecha 04 de junio de 2012 por el Tribunal de Control Nº 1 de este Circuito Judicial Penal, Extensión El Tigre, mediante la cual decretó Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad al ut supra mencionado por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL, ACTOS LASCIVOS y AMENAZAS, previstos y sancionados en los artículos 43 en su segundo aparte, 45 y 41 de la Ley Orgánica sobre Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en el artículo 174 primer aparte.....