DISPOSITIVA
Por las consideraciones expuestas, Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el del recurso de apelación interpuesto por el ciudadano VÍCTOR ALEXANDER CASTRO, titular de la cedula de identidad N° V- 18.593.450, debidamente asistido por el Abogado CORNELIO TARIFE, contra la decisión dictada en fecha 09 de septiembre de 2005, por el Tribunal de Control N° 02 de este Circuito Judicial Penal, Extensión El Tigre, mediante la cual le decreto Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano antes referido, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, tipificado en el articulo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en virtud de haber sido decretado el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA.
Regístrese, publíquese, expídase la copia certific.....