Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA DE OFICIO LA NULIDAD ABSOLUTA, de la sentencia dictada de fecha 31 de Mayo de 2010, por el Tribunal de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre. SEGUNDO: Se ordena la celebración de un nuevo juicio oral y público ante un juez de Juicio distinto de este mismo Circuito Judicial Penal al que pronunció la sentencia anulada, conforme a lo preceptuado en los artículos 434 y 457 ejusdem. TERCERO: Se mantiene la misma condición jurídica en la que se encontraban los acusados de autos JOSÉ ISRAEL RAMOS y WOLKEY RAMOS SÁNCHEZ, plenamente identificados en autos, al momento de proferirse el fallo apelado; todo ello a tenor de los artículos 173, 190 y 191, en concordancia con el 3.....