DECLARO SIN LUGAR el presente recurso de apelación, interpuesto por la Abogada MARIA GUADALUPE RIVAS, en su condición de defensora de confianza del ciudadano JHONATTAN LUIS BOADA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad No. 17.540.766, contra la decisión de fecha 30 de marzo de 2015, dictada por el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control Nº 2 de este Circuito Judicial, mediante la cual decretó medida cautelar sustitutiva de libertad contra su defendido, por la presunta comisión del delito de USO INDEBIDO DE ARMA ORGÁNICA, previsto y sancionado en el artículo 115 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, al considerar que tal decisión cumple con lo establecido en el artículo 157 ejusdem y por ende la decisión se encuentra debidamente motivada y ajustada a derecho. En consecuencia se CONFIRMA la decisión apelada.