declaro ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, el Abogado ISRAEL PAREDES GUERRERO, en su condición de Fiscal Provisorio 73 Nacional Contra la Legitimación de Capitales Delitos Financieros y Económicos, estando comisionado por la Dirección General Contra la Delincuencia Organizada, contra la decisión dictada en fecha 03 de septiembre de 2015, por el Tribunal Penal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en la causa penal que se le sigue a los ciudadanos TIO DON BASTIAN, SALCEDI JERUSALEM UNTRAPAN, CABRERA MARLON JAVIER y ERIC CORTEZ, VICTOR MANUEL LA ROSA VARGAS, MIGUEL JOSE GARCIA LOPEZ, FREDDY ANTONIO BRICEÑO y ERIC CORTEZ, en la cual declaró "Sin lugar la solicitud de prueba anticipada, en la modalidad de declaración de los testigos presenciales OSMARLENYS CAROLINA LOPEZ PEREZ, JOSE ALBERTO ALCALA BERMUDEZ y LEONARDO RAFAEL GAMBOA CEBALLOS".....