En virtud de lo precedentemente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada YULY MAR AMARICUA, en su carácter de Fiscal Auxiliar encargada de la Fiscalia Cuadragésima Segunda del Ministerio Público con competencia plena y el Abogado VON RUIZ RAMOS en su carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público de este Estado, contra la decisión dictada por el Tribunal de Juicio N° 4, de este mismo Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en fecha 1° de julio de 2008, mediante la cual acordó asumir el control jurisdiccional en la causa donde aparece como imputado TEOFILO ALFREDO RODRIGUEZ CAZORLA. Se CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal a quo, en base a los fundamentos explanados en la parte motiva del presente fallo.
Regístrese, notifíquese, déjese copia y remítase l.....