Por los fundamentos antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite un único pronunciamiento DECLARA INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado ARTURO GONZÁLEZ, en su carácter de Defensor de Confianza del ciudadano FRANCISCO RAMÓN LÓPEZ HERNÁNDEZ, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en fecha 4 de Noviembre de 2010, mediante la cual en el acto de audiencia preliminar, el Tribunal a quo acordó admitir la acusación presentada por la Fiscalía Noveno del Ministerio Público, así como las pruebas presentadas en dicho escrito acusatorio y acordando mantener la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, impuesta en contra del mencionado acusado; todo de conformidad con lo establecido en la parte in fine del artículo 264, en conc.....