Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley declara SIN LUGAR el recurso de apelación, interpuesto por el Abogado ARTURO JOSÉ GONZÁLEZ, en su condición de defensor de confianza del imputado JESÚS MIGUEL SABINO RAMIREZ, contra la decisión dictada por el Tribunal de Juicio Nº 02 de este Circuito Judicial Penal, extensión El Tigre, en fecha 05 de noviembre de 2008, por cuanto no decidió el escrito de solicitud de nulidad de auto, reservándose para decidir en la celebración del juicio oral y público, al no encontrar violación ninguna a las normas invocadas por la defensa. En consecuencia se CONFIRMA la decisión apelada.
Regístrese, notifíquese, déjese copia y en su oportunidad remítase la causa al Tribunal de origen.