Por las consideraciones anteriormente expuestas, Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado LUIS JOSE BOULTON, en su condición de Defensor de Confianza del acusado JOSE LEONARDO PERDOMO, por cuanto consideró esta Alzada que no le asiste la razón al recurrente en cuanto a la falta, contradicción o ilogicidad manifiesta en la motivación de la sentencia, habiéndose considerado que la recurrida se fundamentó en pruebas obtenidas legalmente e incorporadas con apego a los principios del juicio oral. Se CONFIRMA en toda y cada una de sus partes la decisión publicada el 16 de abril de 2008, dictada por el Tribunal de Juicio Itinerante N° 10 de este mismo Circuito Judicial Penal, mediante la cual dictó sentencia condenatoria en contra del ut supra mencionado ciudadano, por la comisión de los delito.....