Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado SANDY SMITH JOSE HERNANDEZ TORRES, en su condición de defensor de confianza del ciudadano WILMER JOSE MARTINEZ BARROSO, titular de la cédula de identidad V- 20.632.270, contra la decisión dictada en fecha 21 de octubre de 2012, por el Tribunal de Control N° 05 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medidas cautelares sustitutivas de libertad contenida en los numerales 3° y 8° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en: 1.- la presentación cada quince (15) días ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; 2.- Presentación de dos (02) fiadores de comprobada solvencia moral y económica, los cuales deberán devengar un salario mensual e.....