Por las consideraciones expuestas, Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto el abogado JOSE STALIN MENDEZ SANCHEZ, Defensor de Confianza del ciudadano ROBERT JOSE VICENT, titular de la cédula de identidad N° 8.278.926, en consecuencia se REVOCA la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en fecha 27 de agosto de 2006, mediante la cual decretó medida judicial preventiva privativa de libertad, contra el citado ciudadano, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas y se DECRETA a favor del imputado las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad previs.....