Este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana ANA HORTENCIA QUIÑONES GUILEN, venezolana, titular de de la cedula de identidad Nº. 13.540.239, contra la decisión proferida en fecha 28 de Mayo de 2012, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia, mediante la cual declaró CON LUGAR, la demanda por TACHA DE FALSEDAD DE DOCUMENTO PUBLICO, intentada por JOEL JOSE ALFARO COOK, JOEL ALFARO TRIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.349.838 y V-500.451, respectivamente y la SOCIEDAD MERCANTIL CONSTRUCTORA HERLIMAR, C,A, inscrita en fecha 10 de marzo de 1.999, por ante el Registro Mercantil hoy Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, bajo el Nº 09, Tomo A-19, y SOCIEDAD MERCANTIL "REGADIOS Y PRES.....