Este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Transito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declarar igualmente su incompetencia para conocer de la presente causa, y en consecuencia, DECLINA LA COMPETENCIA en el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental. Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.- Líbrese oficio y remítase el expediente a dicho Juzgado para que siga conociendo de esta acción de amparo constitucional.- Cúmplase