Este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por los abogados DEL VALLE LEONARDO ESPINOZA y WILLMAN ANTONIO MAITA ROMERO, abogados en ejercicio e inscritos en el I.P.S.A, bajo los Nº 36.746 y 94.338, respectivamente, actuando en nombre y representación de la empresa PDVSA Petróleos, S.A., antes identificada, contra la decisión dictada en fecha 24 de abril de 2006, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui; que declaro: INADMISIBLE la reconvención propuesta por la representación judicial de la empresa PDVSA Petróleo, S.A.; en el juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, interpuesta por la ciudadana DEBORA MARIA MAGO SANTAMARIA, ven.....