Este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara Sin Lugar la apelación ejercida por el Abogado José Espildora, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano Alessandro Zanobini, en contra de la decisión de fecha 03 de Diciembre de 2004, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, que declaró procedente y por ende Con Lugar la QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA, seguido por La Sociedad Mercantil INVERSIONES 1.990 C.A., en contra de los ciudadanos EDDY NÚÑEZ VILLARROEL, EDUARDO GIL, ALESSANDRO ZANOBINI, BENITO RAÙL HERNÀNDEZ SALAZAR y LUÍS OSORIO, y la asociación civil ARRECIFE NORTE, C.A.
Queda así confirmada la sentencia apelada