Este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Transito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: IMPROCEDENTE la solicitud de EXEQUATUR, interpuesta por el ciudadano SEWARD KEENE CONSTABLE, de nacionalidad trinitario, mayor de edad, titular del numero de pasaporte TA730290, a través de su apoderada judicial JENNY DEL VALLE VILLALBA BETERMIT, I.P.S.A Nº 106.506
Notifíquese a la parte solicitante