Este Tribunal Superior, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la acción autónoma de amparo Constitucional, ejercida por el ciudadano DOUGLAS RAFAEL RODRIGUEZ MARVAL, a través de su apoderada judicial, abogada DASMARY M. ESPINOZA M., en contra del auto de fecha 11 de octubre de dos mil seis (2006), dictado por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, Sala de Juicio Nº 01, con motivo del juicio por RESTITUCION DE GUARDA, seguido por la ciudadana LILIBETH CAROLINA MACUARE, en representación de sus hijas (se omiten sus nombres y apellidos conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente), de tres (3) y (2) años de edad, respectivamente, a través de la Fiscal Especializada Undécima de Protección del Niño, Dra. CARMEN ALVIAREZ RODRÍGUEZ, en contra del presunto agraviado, todos suficientemente id.....