Este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la recusación propuesta por la Abogada GABRIELA GARCIA CARVAJAL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 126.324, actuando con el carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil AUTO LA CRUZ, C.A. contra la ciudadana JUEZA DEL TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, DRA. ADAMAY PAYARES ROMERO, con
ocasión de la incidencia surgida en el juicio por NULIDAD DE ASAMBLEA, seguido por el abogado ISMAEL BARRERA, en su carácter de Apoderado Judicial de la sociedad mercantil FRANA C.A.
De conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se impone a la parte recusante, ciudadana GABRIELA GARCIA CARVAJAL, venezolana, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad Nº 16.697.830, una multa de dos bolívares (Bs. 2,00), la cual será cancelada en las Oficin.....