Este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR la apelación ejercida por la abogado ROCCIO MATA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 30132, contra el auto de fecha 13 de abril de 2011, dictado por el referido Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de esta Circunscripción Judicial, en el juicio por RECONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE LA UNIÓN CONCUBINARIA., seguido por la ciudadana NINFA INES DEREKHA FLORES, contra los ciudadanos EUSEBIO SALVADOR TRIAS HERNANDEZ y GABRIELA ELEJANDRA TRIAS EUSEBIO, todos supra identificados.