Este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Transito, y de Protección de Niños, Y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PERECIDO el recurso de apelación ejercido por el ciudadano PEDRO JOSE MOYA ANZOLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 3.688.633 debidamente asistido por el abogado RAFAEL PEREZ ANZOLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°.17.703, contra la sentencia dictada en fecha 16 de Marzo de 2011, por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y de Ejecución de Protección de Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
SEGUNDO: SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la decisión apelada, mediante la cual se declaró:..." que la empresa Drogas de Venezuela, S.A. (Drovensa) es responsable solidaria y directa de cumplimiento de la obli.....