Este Tribunal Superior administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil declara CON LUGAR la inhibición planteada por el ciudadano Juez Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, por estar fundamentada en causal legal.