Este Tribunal Superior declara competente , por el territorio, para conocer de la solicitud por Divorcio fundamentada en el artículo 185 –A del Código Civil, formulada por los ciudadanos OSCAR JOSE RENDON y YADELICI JOSEFINA CAMPOS, mayores de edad, cónyuges, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4. 011. 565 y 8. 305. 126, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio AIDA FLORES PACHECO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 85. 364, a uno cualesquiera de los uno cualesquiera de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en Barcelona, tomando en cuenta que los cónyuges establecieron su domicilio conyugal en esta ciudad.