este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: EXTINGUIDA LA ACCION por Pérdida Sobrevenida del Interés Procesal del Recurso Contencioso Tributario Subsidiario interpuesto por los ciudadanos JOSE LUIS BRITO Y JOSE ENRIQUE BRITO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nº. V-9.941.118 y V-12.909.253, actuando su carácter de Presidente y Vice- Presidente de la Sociedad Mercantil TRANSJOILDACA MARINE LIMITED, C.A., asistidos por el Abogado: JUAN CARLOS BOLIVAR, Venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° V-8.641.875, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.472, contra el Acto Administrativo Nº SNAT/INTI/GRTI/RNO/DCE/2013/1073, de fecha 19 de Diciembre de 2013 en el cual se realizó su calificación como Sujeto Pasivo Especial, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos Región Nor-Oriental del Servi.....