este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara EXTINGUIDA LA ACCION por Pérdida Sobrevenida del Interés Procesal del Recurso Contencioso Tributario, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.), Civil, en fecha 08-05-2014, por la Abogada MARELVIS AZOCAR RIJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.915.683, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 76.316 y actuando en su carácter de Apoderada Judicial de INVERSAN, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 19 de diciembre de 1994, quedando anotado bajo el N° 36, Tomo A-90 e identificada con el Registro de Información Fiscal N° J-30232101-8, con domicilio en la Avenida Jorge Rodríguez, Sector Las Garzas, Edificio Inversan, Local N° 1, de .....