EXTINGUIDA LA ACCION POR PERDIDA SOBREVENIDA DEL INTERÉS PROCESAL del Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por el ciudadano Carlos L. Monteverde Acuña, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.606.838, actuando en su carácter de Representante Legal de la Sociedad Mercantil "BAR RESTAURANT EL PICO DORADO S.R.L.", asistido en este acto por la abogada en ejercicio EUCARIS EULALI MARQUEZ BARRETO, venezolana, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 56.108, contra la Resolución Nº GRTI-RNO-DJT-RJ-2004-000069, de fecha 31 de Agosto de 2004, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Internos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), mediante la cual confirma el Acto Administrativo contenido en la Resolución de Imposición de Multa Nº GRTI/RNO/SCU/L/2004-000141; y así se decide.