DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer el presente asunto. SEGUNDO: Se ADMITE la presente Querella presentada por La Querella es interpuesta por interpuesta por el ciudadano JOSE ALEXANDER MATUTE, titular de la cedula de identidad N° 15.221.778, de 34 años de edad, domiciliado en el Fundo la Primitivera, en el Sector Campo Alegre del Caserío Campo Alegre, del Municipio Mac Gregor (Poblacion del Chaparro), Estado Anzoátegui, y debidamente representado por el Abogado RAFAEL CELESTINO TORREALBA INFANTE, en consecuencia se le confiere al ciudadano ya identificado la condición de parte querellante. TERCERO: Se ordena la remisión del presente asunto a la Fiscalía Superior del Ministerio Público de este Estado, una vez que conste en autos las res.....