DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Control, en funciones de Guardia, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano: LUIS GABRIEL BARRIOS GUARARIMA, venezolano, nacido en Barcelona, Estado Anzoategui, fecha de nacimiento 23/09/1993, edad 18 años, cedula de identidad 25.426.088, soltero, de profesión pescador, por la comisión del delito de VIOLACIÒN CONTINUADA, previsto y sancionado en los articulo 374 ORDINAL 1 y 99 del CODIGO PENAL EN CONCORDANCIA con el articulo 217 DE LA LOPNNA, en perjuicio del menor de edad: YONDEN JOSUE ESPINOZA; de conformidad con lo previsto en el artículo 250, 251 y 252, del Código Orgánico Procesal Penal. Provéase lo conducente. Cúmplase.